Tenemos terreno para el centro de salud

En el medio del Hospital de Huaycán, está La Casita de Piedra, una construcción que fue el local comunal inicial de los vecinos de esta zona de Lima Este. Se ubica dentro del hospital porque fue cedida para que funcione ahí el primer centro de salud de la zona. Esta historia se repite de diversas formas en todo el país, ya que la comunidad ha puesto y sigue poniendo a disposición del MINSA terrenos que le pertenecen o sus propios locales para las atenciones de salud.

Siendo uno de los principales problemas que enfrenta el sector la falta de espacios para la implementación de establecimientos sean centros u hospitales[1], es necesario que se establezcan mecanismos que permitan aprovechar la voluntad de la comunidad u otros actores para generar infraestructura o espacios funcionales al primer nivel de atención.

Teniendo en cuenta que el MINSA no utiliza adecuadamente su rol normativo-rector para desarrollar el enfoque territorial, que trasciende las especificidades clínicas para encontrarse con las dinámicas sociales, en el caso de la extensión de la infraestructura del primer nivel corresponde una mirada que: a) facilite el funcionamiento de nuevos espacios en los que se conjugue atención, prevención y promoción de la salud; b) resuelva los enredos administrativos y legales existentes en cientos de centros de salud acerca del uso de los terrenos o locales; c) procure que la infraestructura sea lo más operativa posible, con materiales y diseños funcionales a cada territorio; d) facilite que instituciones no públicas puedan concretar la disposición o implementación de estos espacios en determinada comunidad.

El MINSA en su laberinto

Las exigencias exageradas de la autoridad de salud para la participación de otros actores, llevadas a nivel de absurdo en plena pandemia en la que municipios, empresas, iglesias y barrios facilitaron diversos tipos de recursos entre ellos infraestructura, expresa el sentido común endógeno del MINSA que


asume que puede hacer todo y si no lo puede hacer lo debe sobre regular, en teoría para que funcione bien, pero en la práctica termina impidiendo la ampliación de acciones a favor de la salud.

Un ejemplo fueron los Centros de Oxigenación que muchos municipios implementaron según la demanda local y sentido territorial; estos no fueron incorporados a la red de atención frente al COVID, ya que no se generó un flujo que abarque todos los recursos existentes en determinado territorio. Los gobiernos locales tuvieron que hacer malabares para referir atenciones, y en los casos en los que pusieron a disposición excelentes locales para oxigenación o atención intermedia, la regla fue que la autoridad de salud más que facilitar encontraba el “requisito faltante” para que la oportunidad se pierda.

Luego de un año de pandemia el MINSA promulgó la norma sobre los Centros de Oxigenación Temporal, después de interminables opiniones de las direcciones involucradas (nunca funcionó una unidad orgánica encargada del COVID). La norma aprobada no promovía ni facilitaba la existencia de nuevos centros de oxigenación, ni los conectaba con los flujos de respuesta, perdiéndose la oportunidad de promover la incorporación de estos espacios a las redes luego de la pandemia. En este como en otros asuntos, nunca se entendió que atravesábamos la mayor emergencia de salud de nuestra historia y se prefirió la exigencia tramitológica, que funciona como escudo para evadir la responsabilidad.

Espacios de salud cogestionados

Es clave que toda esa voluntad comunitaria y no pública pueda ser canalizada. La mayoría de barrios han destinado un espacio para contar con un centro de salud, y hoy, luego de lo que hemos vivido, todas las comunidades están en disposición de brindar sus locales comunales para que ahí el sector salud pueda llevar atenciones en un esquema extramural innovador.

Si estos locales comunales no tienen plenas condiciones para funcionar como centros de salud, pueden servir sin problema de espacios en los que el sistema extienda sus atenciones con el plus de captar a población que no accede o no acude a los establecimientos, en un esquema intermedio entre campaña de salud y trabajo comunitario (ver la experiencia de Taller de Niños en San Juan de Lurigancho).

En relación a todos los ofrecimientos existentes de entrega de terrenos comunales se requiere un Decreto Supremo, en el marco de la emergencia sanitaria, para sanearlos y entregarlos si es que la comunidad busca transferirlo al MINSA, o para que la comunidad conserve su propiedad sin que ello impida que el MINSA o un privado cogestione y pueda invertir en estos terrenos generando espacios de salud. No es necesario que el sector salud sea el propietario de los terrenos, ya que finalmente a la persona que va al centro de salud ello no le sirve de nada.

La realidad es que nuestros centros de salud funcionan, en la mayoría de los casos, en condiciones de precariedad extrema, por lo que las desmedidas exigencias para la implementación de nuevos esquemas no tienen sentido, y son parte del modelo mental de la gestión de salud nacional.

El MINSA no está para impedir la extensión de las acciones de salud que requieren de puntos físicos, sino para captar todo lo que pueda contribuir a ello no solo con centros de salud en una mirada tradicional enclavada en la categorización, sino para generar alternativas que contribuyan a espacios saludables que van más allá de los horarios y se ligan con el cuidado, la nutrición, la educación en salud y tantos otros temas en los que hay aportes vivos que incorporar.

Alexandro Saco

Cajamarca 15 de mayo de 2022



[1] En el caso de los hospitales se requieren esquemas legales intersectoriales e intergubernamentales mucho más expeditivos que además reorienten los flujos territoriales para fortalecer las redes de salud.

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